Materia: Actividades. Espectáculos públicos o actividades recreativas de carácter extraordinario
Periodicidad: Continuo.
Tipo de tramitación : Procedimiento
Descripción del procedimiento:
Autorización para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter extraordinario, a los que se refiere la Ley del Principado de Asturias 8/2002, de 21 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas y el Decreto 91/2004, de 11 de noviembre
Destinatario: Ciudadanía/ Empresas/Administraciones
Forma de inicio : Instancia de parte.
Sujeto : Personas físicas o jurídicas.
Plazo de presentación: 1 mes antes de la iniciación de la actividad
Canales de realización : Electrónico y presencial.
Lugar de presentación:
Las personas Obligadas conforme con la Ley 39/2015 artículo 14 a través del registro electrónico de la Sede del Ayuntamiento de Llanera. Las personas físicas podrán realizarlo a través de cualquiera de las siguientes formas:
Tributos:
Administración: Local.
Centro Directivo : Ayuntamiento de Llanera.
Departamento: Urbanismo y servicios técnicos.
Órgano gestor: Oficina Técnica.
Órgano que resuelve: Alcaldía u órgano en quien delegue.
Plazo máximo de resolución y notificación: 1 mes.
Resolución: Pone fin a la vía administrativa.
Información adicional: Se recomienda que ante la complejidad que pueda conllevar la tramitación de estas autorizaciones se soliciten con una antelación mínima de tres meses respecto a la fecha de celebración de la actividad.
Recursos posibles: Recurso potestativo de resolución en el plazo de 1 mes desde la notificación. Recurso contencioso Administrativo en el plazo de 2 meses desde la notificación.
Práctica de Notificaciones: Conforme a la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las personas obligadas o aquellas que hayan aceptado relacionarse a través de medios electrónicas través del buzón de notificaciones mediante comparecencia en sede.